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¿Qué trámites debo seguir para solicitar la licencia de jugador profesional?
¿Quiénes pueden solicitar la licencia de jugador profesional?

Podrán solicitar la licencia de Jugador Profesional:

1) Aquellos Jugadores Aficionados, con licencia en vigor expedida por la Real Federación Española de Golf, que ostentando un Hándicap Exacto EGA 1,4 o inferior:

i) Realicen dos vueltas en Campeonatos Nacionales Oficiales (publicados anualmente por la RFEG) con un resultado igual o inferior al requerido por un Hándicap Exacto EGA 1,4. Entre la obtención de la primera y la segunda vuelta se precisa un periodo máximo de 12 meses.

ii) Superen un examen de Reglas de Golf, que la RFEG podrá delegar en alguna Federación Territorial.

2) Aquellos Jugadores Aficionados, que habiendo pertenecido al Equipo Nacional Junior o Equipo Nacional Absoluto en los últimos 10 años a la fecha de solicitud, y ostentando Hándicap Exacto EGA 1,4 o inferior:

i) Superen un examen de Reglas de Golf, que la RFEG podrá delegar en alguna Federación Territorial.

3) Aquellos Profesionales sin licencia de Jugador Profesional, es decir, que ostenten exclusivamente una de las siguientes licencias:

(a) Monitor (b) Asistente de Maestro (c) Maestro (d) Técnico Deportivo de Golf

que:

Realicen dos vueltas en pruebas Reservadas a Profesionales Sin Licencia de Jugador Profesional o pruebas reservadas a Jugadores Profesionales con un resultado igual o inferior al requerido por Hándicap Exacto EGA 1,4. Entre la obtención de la primera y la segunda vuelta se precisa un periodo máximo de 12 meses.

Alternativamente, la realización de una media de un golpe por encima del requerido por Hándicap Exacto EGA 1,4 en pruebas jugadas a tres vueltas o más servirá como acreditación del nivel de juego.

Dichas vueltas podrán obtenerse en pruebas dependientes de federaciones territoriales, siempre y cuando compitan un mínimo de 30 jugadores profesionales, y cuando la RFEG haya autorizado la prueba a efectos de obtención de vueltas previa petición de la correspondiente territorial (ésta deberá responder de la correcta aplicación de los reglamentos deportivos, y cumplir con unos estándares mínimos, que estarán a disposición de las territoriales).

En ningún caso se considerarán las pruebas celebradas en campos con menos de 5.500 metros (caballeros) –5.000 (damas) y que no sean jugadas desde barras blancas (caballeros) - azules (damas), cuándo existan.

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